Curso "Fundamentos igualdad de trato y no discriminación" - RETO MÓDULO 1

Buenos días, compañeros:

El reto del módulo 1 consiste en presentar una reflexión sobre un ejemplo de discriminación, con base en lo aprendido en este módulo.

Comencemos haciéndonos la siguiente pregunta: ¿qué significa el término «discriminación»?

Según se indica en el material de aprendizaje de este módulo, «discriminación» significa dar a una persona o a un grupo de personas un trato diferente y desfavorable con respecto a otras, en función de uno o más rasgos o características o de su pertenencia a un grupo determinado. La discriminación priva a ciertas personas de los mismos derechos y oportunidades que disfruta el conjunto de la sociedad.

Así, el Derecho de la Unión Europea establece que la discriminación existe cuando una persona haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable, como consecuencia de su pertenencia a la categoría prescrita. No tiene que materializarse realmente para que exista discriminación, sino que basta con que sea potencial o posible.

En consecuencia, para que exista discriminación tienen que concurrir tres elementos:

  1. Debe existir una conducta jurídicamente significativa (no basta solo con prejuicios, por ejemplo).
  2. Esta conducta se puede atribuir a la adscripción de las personas afectadas a un grupo social determinado.
  3. Sitúa real o potencialmente a las personas adscritas a estos grupos en una posición socio-jurídica de inferioridad.

La noticia de prensa que he elegido en esta ocasión, se hace eco de la discriminación que sufre una parte del personal sanitario del municipio de Denia. Esta noticia se publicó en el periódico digital «La Marina Plaza», el 8 de febrero de 2023, y lleva por título «Jaque a la sanidad valenciana: la discriminación que sufren 835 sanitarios de Dénia y 4 concesiones más llega a los tribunales».

Esta noticia informa sobre la presentación, por una plataforma autonómica que agrupa a casi un millar de profesionales sanitarios de cinco áreas sanitarias (Denia, Manises, el Vinalopó, Alzira y Torrevieja) de un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, contra la oferta de empleo público aprobada por la Consellería de Sanidad.

Si contextualizamos esta noticia, la supuesta discriminación viene de lejos. Ya, en enero de 2023, casi 600 profesionales sanitarios de la Marina Alta anunciaron que demandarían a la consellería, debido a su discriminación en las oposiciones para ganar un puesto de trabajo en la administración pública. ¿Por qué? Porque la Consellería de Sanidad ha decidido no contar, como mérito para las oposiciones, los años trabajados en diversas concesiones administrativas.

Así, el colectivo discriminado es el personal sanitario que trabaja en hospitales públicos, de gestión privada. Según la convocatoria publicada por la Consellería de Sanidad valenciana, los trabajadores de estos hospitales gestionados bajo una concesión administrativa tendrán que acudir a las oposiciones con cero puntos en el apartado de reconocimiento de méritos por años trabajados en la sanidad.

De la lectura de la noticia, se deduce que esta decisión de la Consellería de Sanidad representa una discriminación indirecta, ya que, mediante un acto administrativo aparentemente neutro, se establece un criterio que ocasionará al colectivo de profesionales sanitarios de hospitales públicos, de gestión privada, una desventaja particular con respecto a aquellos profesionales sanitarios que trabajan en hospitales «100 %» públicos.

Además, tal discriminación indirecta parece que es totalmente voluntaria, ya que, mediante este criterio, la Conselleria de Sanidad pretende evitar que los profesionales sanitarios que trabajan en hospitales públicos, de gestión privada, puedan ganar las plazas que se convoquen en las oposiciones.

Para más inri, en la convocatoria de la Conselleria de Sanidad no ha reservado el mínimo de un 7 % de las plazas a personas con discapacidad y diversidad funcional.

Queda claro que existe una orden de discriminar por parte de la Conselleria de Sanidad valenciana, motivada en una discriminación interiorizada de la Conselleria, ya que se percibe negativamente a los profesionales sanitarios que trabajan en hospitales públicos, de gestión privada, por creer que los profesionales sanitarios que trabajan en hospitales gestionados por la Conselleria son superiores. Se observa de forma clara, un prejuicio desfavorable de la Conselleria hacia los profesionales sanitarios que trabajan en hospitales públicos, de gestión privada.

¿Qué estrategias se podrían poner en marcha para acabar con esta discriminación?

Pensaréis que unas cuantas o muchas. Sin embargo, la mayoría serían tiritas que no conseguirán parar la hemorragia. En mi opinión, la mejor estrategia (única solución) es modificar la resolución que convoca las oposiciones, estableciendo, como mérito, el cómputo de los años trabajados en hospitales públicos, de gestión privada. Teniendo en cuenta que los tribunales superiores de Justicia de otras comunidad autónomas ya han emitido sentencias, obligando a tal cómputo, parece que lo más sensato sería que la Conselleria de Sanidad reculase y computase este mérito al colectivo discriminado.

Gracias por vuestro tiempo.

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